miércoles, 3 de enero de 2024

Creación de un Memorial de víctimas de la Guerra Civil de ambos bandos

SOLICITUD PRESENTADA AL ÁREA DE CULTURA DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID EL 3 DE ENERO DE 2024

La Ley 20/2022, de 19 de Octubre, de Memoria Democrática señala en su artículo 35 qué elementos son contrarios a la misma y el proceso que se debe seguir para su retirada del espacio público. Apoyándose en tal precepto legal, la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo ha fallado recientemente que “una Cruz, con un listado de personas fallecidas de uno solo de los bandos contendientes en la Guerra Civil, supone exaltación de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión de la Dictadura” (STS. 5411/2023, de 14 de Diciembre).

En este contexto jurídico cabe encuadrar la cruz instalada en la fachada frontal de la Iglesia de San Pedro Apóstol (Barajas), donde junto al nombre de José Antonio Primo de Rivera, está esculpido en piedra el de cuatro vecinos del antiguo municipio de Barajas fallecidos de forma violenta al comienzo de la Guerra Civil.